ensayo final: RAMA JUDICIAL LA CORRUPCIÓN EN LA CORTE CONSTITUCIONAL DEBILITA LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO ¿CÓMO SOLUCIONARLO?
RAMA
JUDICIAL
LA
CORRUPCIÓN EN LA CORTE CONSTITUCIONAL DEBILITA LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO ¿CÓMO
SOLUCIONARLO?
INTRODUCCIÓN
El
propósito de este ensayo es demostrar como la corrupción que ha venido
perjudicando las actuaciones de la Corte Constitucional de Colombia durante los
últimos años puede terminar debilitando la organización del Estado. Ya que es
evidente que esta institución ha perdido su credibilidad como consecuencia de
varios sucesos que han puesto en jaque sus propios fines. Esto con el fin de
entender este fenómeno y buscar una posible solución que permita fortalecer la
Corte Constitucional y por ende la organización del Estado.
ANÁLISIS
La
Corte Constitucional de Colombia es una institución perteneciente a la Rama
Judicial del Poder Público, fue creada a través de la Constitución Política de
Colombia del 4 de julio de 1991 con el objetivo de salvaguardar la integridad
de la Carta Política, velar por el respeto de los derechos fundamentales de
todas las personas y resolver todos las controversias relativas a estos,
trabajando por el debido cumplimiento y funcionamiento de todo el apartado
constitucional del país, es decir que el fin de la Corte Constitucional no es
otro que hacer cumplir la Constitución y en ocasiones defenderla.
El
Título VIII, Capítulo IV, en su artículo 241 de la mentada Constitución resalta
que el objetivo de la Corte Constitucional es guardar la integridad y
supremacía de la constitución y por tanto tiene como funciones decidir sobre
las demandas de inconstitucionalidad, es decir aquellas donde se demande una
ley o una disposición que vaya en contravía de la Constitución o que incluso
vulnere derechos fundamentales, decidir sobre la constitucionalidad de una
convocatoria a referendo o asamblea constituyente, como también decidir sobre
la constitucionalidad de los referendos, consultas populares y plebiscitos,
resolver las demandas presentadas por la inconstitucionalidad de las leyes,
decretos con fuerza de ley, decretos legislativos, proyectos de ley, acciones
de tutela, algunas veces por su contenido u otras veces por su procedimiento,
entre otras funciones.
Es
claro entonces que la actividad de la Corte Constitucional es supremamente
importante dentro de la actividad del Estado y que las demás instituciones que
hacen parte de la organización del Estado tienen el deber de orientar sus
actuaciones conforme lo exige la Constitución, es decir que la Corte
Constitucional está encargada de hacer cumplir la Constitución en todas las
actuaciones propias del Estado, su alcance y capacidad está determinado siempre
que exista una posible vulneración a la Constitución o a los derechos
fundamentales de todos los ciudadanos, ahora bien es claro que para poder
cumplir a cabalidad con los objetivos que persigue debe contar con una organización
que permita el debido funcionamiento de la misma y para ello el Título VIII,
Capítulo IV, artículo 239 Constitucional señala que dicha Corte tendrá un
número impar de miembros los cuales son 9 y deberán ser magistrados
pertenecientes a diversas especialidades del derecho, y su elección estará a
cargo del Senado de la República de las ternas presentadas por el Presidente de
la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Hasta este
punto podríamos señalar que la Corte Constitucional persigue unos fines
supremos y está conformado por un grupo de profesionales del derecho que a su
vez son elegidos por el Senado de la República lo cual garantiza su debido
funcionamiento, pero la realidad puede ser una muy diferente si consideramos
que Colombia es quizá uno de los países más corruptos del mundo y que gran
parte de esa corrupción proviene siempre de las instituciones que tienen como
fin garantizar la transparencia de sus actuaciones.
El
problema inicial que encontramos es que la elección de los magistrados depende exclusivamente
de los miembros del Honorable Senado de la República, es una elección compleja
si consideramos que el Senado está conformado por miembros de diferentes
corrientes políticas, es decir que cada uno de ellos persigue unos intereses
específicos y si hay una mayoría la elección de un posible magistrado se va a
ver influida por dichas corrientes políticas, es decir que en ocasiones van a
favorecer a personas que tengan afinidad política con los miembros del Senado,
otro problema de las mismas características es la terna presentada por el
Presidente de la República, si bien el Presidente debe velar por mantener la
institucionalidad del país es claro que también hace parte de una corriente
política razón por la cual su terna será afín a dicha corriente, si bien
podemos decir que los problemas de corrupción no son necesariamente políticos
sino éticos, es claro que al haber cierto grado de favorecimiento se pierde la
transparencia en los procesos de selección y por ende se omiten situaciones o
antecedentes que pueden ser sometidos a consideración, además de la clara
intervención de la ramas Ejecutiva y Legislativa en el nombramiento de los
funcionarios de la Rama Judicial cosa que le resta un poco de independencia y
cuyos funcionarios terminan siendo prácticamente dependientes de las dos
primeras.
Si
dependiéramos solo de la organización y estructura teórica del Estado se podría
decir que todo, absolutamente todo, está diseñado de manera perfecta para
garantizar el debido funcionamiento de las instituciones nacionales, sin
embargo, nos olvidamos que no solamente dependemos de la estructura o forma de
la estructura sino también de las personas que intervienen en su funcionamiento,
y es ahí donde empiezan los fallos tanto voluntarios como involuntarios. Es precisamente
por lo anterior que este ensayo aborda la corrupción, falta de ética y
transparencia en la Corte Constitucional órgano que hace parte de la Rama Judicial,
la cual quizá fue la última institución en ser permeada por el fenómeno de la
corrupción. Sin embargo, en los últimos años se ha visto inmersa en una serie
de escándalos por la conducta de sus funcionarios-magistrados. Uno de los casos más polémicos fue el del
magistrado monteriano Jorge Ignacio Pretelt Chaljub el cuál fue suspendido de
su cargo y posteriormente condenado a pagar una pena de 6 años y 6 meses de
cárcel por haber pedido una suma de $500 millones de pesos con el fin de
favorecer a la empresa Fidupetrol en una decisión de tutela que la condenaba a
pagar una suma cercana a $22.500 millones de pesos. Vale la pena mencionar que
Chaljub fue seleccionado de la terna que entrego el Presidente de turno y de la
cual en un momento se comentó que tenían más afinidad con el gobierno que
trayectoria como constitucionalista.
Otro
caso ampliamente sonado fue el de Jairo Yovanny Caicedo Rojas funcionario de la
Corte Constitucional acusado de recibir sobornos y conformar una red dentro de
la Secretaria General de la Corte Constitucional encargada de la selección de
tutelas, este funcionario venía trabajando hace más de 23 años en esta
institución por lo cual deberán hacer una extensa investigación para determinar
el grado de responsabilidad del hoy exfuncionario de la Corte, más aún si
hablamos de una carrera de más de 23 años al servicio de la misma Corte, en los
que sin lugar a dudas se pueden haber tomado muchas decisiones equivocadas
atentando así contra los fines propios de la institución.
Los
anteriores son algunos de los casos descubiertos, pero es evidente que muchos
otros permanecerán ocultos, está claro que si bien han preferido moverse
motivados por sus propios intereses no representan de ninguna manera los fines
que en este caso persigue la Corte Constitucional. Claro está y se debe
reiterar que la organización del Estado puede ser clara y perfecta a simple
vista y puede no merecer un cambio tan profundo porque bastaría simplemente con
eliminar a los funcionarios que lo están haciendo mal para corregir una serie
de errores que se han visto reflejados en algunas de sus decisiones. Sin embargo,
la forma de selección seguirá siendo la misma y realizada por los mismos órganos
por lo cual no habría una solución al problema y dependerá siempre de otras
partes.
La
Corte Constitucional como el máximo órgano encargado de velar por la aplicación
de la Constitución y los derechos fundamentales, no puede seguir estando al
servicio del aparato Ejecutivo y Legislativo y en general la Rama Judicial no
puede estar al servicio de los dos anteriores porque esa pérdida de autonomía
impide el funcionamiento correcto de la organización estatal, puede resultar
aún más grave el hecho de que una institución como la Corte Constitucional
falle, ya que si esta empieza a fallar inminentemente las demás instituciones
van a fallar, puede ser un país con una estructura definida en un organigrama
pero in respeto en absoluto por la carta superior.
CONCLUSIONES
Así
las cosas, es necesario preguntar si los procesos de selección de la Corte
Constitucional son los más adecuados si consideramos que inicialmente Colombia
es uno de los países más corruptos del mundo, la selección la hace el Senado de
la República e incluso una de las ternas la propone el Presidente,
probablemente sería más favorable implementar los concursos para que los cargos
sean ocupados por meritocracia o incluso por carrera para los funcionarios de
la Rama Judicial, sin que medie una selección por parte del Senado o la
Presidencia, es importante sostener que la Corte Constitucional se ha
caracterizado por su eficacia y transparencia, pero las últimas actuaciones la
han puesto en la mira, es evidente que ocupa un lugar esencial dentro de la
organización del estado y es responsable de la vigilancia y garantía de la
mismísima constitución, y más importante aún de los derechos fundamentales.
Por
ahora todo parece marchar muy bien, sin embargo, si no se le garantiza
independencia no solo a la Corte Constitucional, sino también a la Rama
Judicial se va a debilitar la organización del Estado.
Finalmente,
a lo largo de este ensayo hemos conocido la importancia que tiene la Corte
Constitucional en Colombia, el papel que ejerce sobre la ley como garante y
vigilante de la Constitución, además de la protección de los derechos fundamentales,
sin lugar a duda eso le da una condición privilegiada en la estructura del
Estado Colombiano, pero es necesario mejorar sus procesos de selección de
Magistrados a fin de que no vaya a caer en el abismo de la corrupción como ha
pasado en las otras ramas, ¿cómo solucionarlo? Otorgándole más independencia a
fin de no terminar debilitando la organización del Estado.
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