ensayo final: RAMA JUDICIAL LA CORRUPCIÓN EN LA CORTE CONSTITUCIONAL DEBILITA LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO ¿CÓMO SOLUCIONARLO?


RAMA JUDICIAL
LA CORRUPCIÓN EN LA CORTE CONSTITUCIONAL DEBILITA LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO ¿CÓMO SOLUCIONARLO?

INTRODUCCIÓN
El propósito de este ensayo es demostrar como la corrupción que ha venido perjudicando las actuaciones de la Corte Constitucional de Colombia durante los últimos años puede terminar debilitando la organización del Estado. Ya que es evidente que esta institución ha perdido su credibilidad como consecuencia de varios sucesos que han puesto en jaque sus propios fines. Esto con el fin de entender este fenómeno y buscar una posible solución que permita fortalecer la Corte Constitucional y por ende la organización del Estado.
ANÁLISIS
La Corte Constitucional de Colombia es una institución perteneciente a la Rama Judicial del Poder Público, fue creada a través de la Constitución Política de Colombia del 4 de julio de 1991 con el objetivo de salvaguardar la integridad de la Carta Política, velar por el respeto de los derechos fundamentales de todas las personas y resolver todos las controversias relativas a estos, trabajando por el debido cumplimiento y funcionamiento de todo el apartado constitucional del país, es decir que el fin de la Corte Constitucional no es otro que hacer cumplir la Constitución y en ocasiones defenderla.
El Título VIII, Capítulo IV, en su artículo 241 de la mentada Constitución resalta que el objetivo de la Corte Constitucional es guardar la integridad y supremacía de la constitución y por tanto tiene como funciones decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad, es decir aquellas donde se demande una ley o una disposición que vaya en contravía de la Constitución o que incluso vulnere derechos fundamentales, decidir sobre la constitucionalidad de una convocatoria a referendo o asamblea constituyente, como también decidir sobre la constitucionalidad de los referendos, consultas populares y plebiscitos, resolver las demandas presentadas por la inconstitucionalidad de las leyes, decretos con fuerza de ley, decretos legislativos, proyectos de ley, acciones de tutela, algunas veces por su contenido u otras veces por su procedimiento, entre otras funciones.
Es claro entonces que la actividad de la Corte Constitucional es supremamente importante dentro de la actividad del Estado y que las demás instituciones que hacen parte de la organización del Estado tienen el deber de orientar sus actuaciones conforme lo exige la Constitución, es decir que la Corte Constitucional está encargada de hacer cumplir la Constitución en todas las actuaciones propias del Estado, su alcance y capacidad está determinado siempre que exista una posible vulneración a la Constitución o a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, ahora bien es claro que para poder cumplir a cabalidad con los objetivos que persigue debe contar con una organización que permita el debido funcionamiento de la misma y para ello el Título VIII, Capítulo IV, artículo 239 Constitucional señala que dicha Corte tendrá un número impar de miembros los cuales son 9 y deberán ser magistrados pertenecientes a diversas especialidades del derecho, y su elección estará a cargo del Senado de la República de las ternas presentadas por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Hasta este punto podríamos señalar que la Corte Constitucional persigue unos fines supremos y está conformado por un grupo de profesionales del derecho que a su vez son elegidos por el Senado de la República lo cual garantiza su debido funcionamiento, pero la realidad puede ser una muy diferente si consideramos que Colombia es quizá uno de los países más corruptos del mundo y que gran parte de esa corrupción proviene siempre de las instituciones que tienen como fin garantizar la transparencia de sus actuaciones.
El problema inicial que encontramos es que la elección de los magistrados depende exclusivamente de los miembros del Honorable Senado de la República, es una elección compleja si consideramos que el Senado está conformado por miembros de diferentes corrientes políticas, es decir que cada uno de ellos persigue unos intereses específicos y si hay una mayoría la elección de un posible magistrado se va a ver influida por dichas corrientes políticas, es decir que en ocasiones van a favorecer a personas que tengan afinidad política con los miembros del Senado, otro problema de las mismas características es la terna presentada por el Presidente de la República, si bien el Presidente debe velar por mantener la institucionalidad del país es claro que también hace parte de una corriente política razón por la cual su terna será afín a dicha corriente, si bien podemos decir que los problemas de corrupción no son necesariamente políticos sino éticos, es claro que al haber cierto grado de favorecimiento se pierde la transparencia en los procesos de selección y por ende se omiten situaciones o antecedentes que pueden ser sometidos a consideración, además de la clara intervención de la ramas Ejecutiva y Legislativa en el nombramiento de los funcionarios de la Rama Judicial cosa que le resta un poco de independencia y cuyos funcionarios terminan siendo prácticamente dependientes de las dos primeras.
Si dependiéramos solo de la organización y estructura teórica del Estado se podría decir que todo, absolutamente todo, está diseñado de manera perfecta para garantizar el debido funcionamiento de las instituciones nacionales, sin embargo, nos olvidamos que no solamente dependemos de la estructura o forma de la estructura sino también de las personas que intervienen en su funcionamiento, y es ahí donde empiezan los fallos tanto voluntarios como involuntarios. Es precisamente por lo anterior que este ensayo aborda la corrupción, falta de ética y transparencia en la Corte Constitucional órgano que hace parte de la Rama Judicial, la cual quizá fue la última institución en ser permeada por el fenómeno de la corrupción. Sin embargo, en los últimos años se ha visto inmersa en una serie de escándalos por la conducta de sus funcionarios-magistrados.  Uno de los casos más polémicos fue el del magistrado monteriano Jorge Ignacio Pretelt Chaljub el cuál fue suspendido de su cargo y posteriormente condenado a pagar una pena de 6 años y 6 meses de cárcel por haber pedido una suma de $500 millones de pesos con el fin de favorecer a la empresa Fidupetrol en una decisión de tutela que la condenaba a pagar una suma cercana a $22.500 millones de pesos. Vale la pena mencionar que Chaljub fue seleccionado de la terna que entrego el Presidente de turno y de la cual en un momento se comentó que tenían más afinidad con el gobierno que trayectoria como constitucionalista.
Otro caso ampliamente sonado fue el de Jairo Yovanny Caicedo Rojas funcionario de la Corte Constitucional acusado de recibir sobornos y conformar una red dentro de la Secretaria General de la Corte Constitucional encargada de la selección de tutelas, este funcionario venía trabajando hace más de 23 años en esta institución por lo cual deberán hacer una extensa investigación para determinar el grado de responsabilidad del hoy exfuncionario de la Corte, más aún si hablamos de una carrera de más de 23 años al servicio de la misma Corte, en los que sin lugar a dudas se pueden haber tomado muchas decisiones equivocadas atentando así contra los fines propios de la institución.
Los anteriores son algunos de los casos descubiertos, pero es evidente que muchos otros permanecerán ocultos, está claro que si bien han preferido moverse motivados por sus propios intereses no representan de ninguna manera los fines que en este caso persigue la Corte Constitucional. Claro está y se debe reiterar que la organización del Estado puede ser clara y perfecta a simple vista y puede no merecer un cambio tan profundo porque bastaría simplemente con eliminar a los funcionarios que lo están haciendo mal para corregir una serie de errores que se han visto reflejados en algunas de sus decisiones. Sin embargo, la forma de selección seguirá siendo la misma y realizada por los mismos órganos por lo cual no habría una solución al problema y dependerá siempre de otras partes.
La Corte Constitucional como el máximo órgano encargado de velar por la aplicación de la Constitución y los derechos fundamentales, no puede seguir estando al servicio del aparato Ejecutivo y Legislativo y en general la Rama Judicial no puede estar al servicio de los dos anteriores porque esa pérdida de autonomía impide el funcionamiento correcto de la organización estatal, puede resultar aún más grave el hecho de que una institución como la Corte Constitucional falle, ya que si esta empieza a fallar inminentemente las demás instituciones van a fallar, puede ser un país con una estructura definida en un organigrama pero in respeto en absoluto por la carta superior.
CONCLUSIONES
Así las cosas, es necesario preguntar si los procesos de selección de la Corte Constitucional son los más adecuados si consideramos que inicialmente Colombia es uno de los países más corruptos del mundo, la selección la hace el Senado de la República e incluso una de las ternas la propone el Presidente, probablemente sería más favorable implementar los concursos para que los cargos sean ocupados por meritocracia o incluso por carrera para los funcionarios de la Rama Judicial, sin que medie una selección por parte del Senado o la Presidencia, es importante sostener que la Corte Constitucional se ha caracterizado por su eficacia y transparencia, pero las últimas actuaciones la han puesto en la mira, es evidente que ocupa un lugar esencial dentro de la organización del estado y es responsable de la vigilancia y garantía de la mismísima constitución, y más importante aún de los derechos fundamentales.
Por ahora todo parece marchar muy bien, sin embargo, si no se le garantiza independencia no solo a la Corte Constitucional, sino también a la Rama Judicial se va a debilitar la organización del Estado.
Finalmente, a lo largo de este ensayo hemos conocido la importancia que tiene la Corte Constitucional en Colombia, el papel que ejerce sobre la ley como garante y vigilante de la Constitución, además de la protección de los derechos fundamentales, sin lugar a duda eso le da una condición privilegiada en la estructura del Estado Colombiano, pero es necesario mejorar sus procesos de selección de Magistrados a fin de que no vaya a caer en el abismo de la corrupción como ha pasado en las otras ramas, ¿cómo solucionarlo? Otorgándole más independencia a fin de no terminar debilitando la organización del Estado.
















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